La Justicia Federal dejó sin efecto una resolución del Ministerio de Economía y ordenó que las petroleras vuelvan a informar previamente los aumentos de los combustibles al Estado. La medida impacta en el sistema de control y transparencia de los precios que pagan los consumidores.

Estación de servicio
El fallo restablece la obligación de informar previamente al Estado las modificaciones en los precios de las naftas y el gasoil – Foto: Archivo

La Justicia anuló la eliminación del sistema de aviso previo

Un fallo del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N.º 2 de La Plata declaró inconstitucional la resolución que había eliminado la obligación de las empresas petroleras de comunicar con anticipación las modificaciones en los precios de los combustibles.

La decisión judicial surgió a partir de una acción colectiva presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis), que cuestionó la eliminación del mecanismo de información vigente desde 2016.

Con esta resolución, las compañías deberán volver a informar previamente al Ministerio de Economía cada modificación en los valores de venta de las naftas y el gasoil, restableciendo un esquema de seguimiento que había sido eliminado durante 2025.

Qué cambia para los consumidores

El fallo no congela los precios ni impide nuevos aumentos. Las petroleras continúan teniendo la posibilidad de modificar los valores de los combustibles conforme a las condiciones del mercado.

Lo que cambia es el procedimiento: el Estado recupera una herramienta que le permite conocer los incrementos antes de que entren en vigencia, mientras que los consumidores vuelven a contar con un sistema destinado a brindar mayor transparencia sobre los precios publicados en las estaciones de servicio.

El esquema original centralizaba la información de todas las bocas de expendio del país y permitía comparar valores entre distintas empresas y regiones.

El sistema también contemplaba denuncias

El mecanismo que vuelve a tener respaldo judicial no solo reunía los precios informados por las petroleras.

También incluía un canal para que los usuarios denunciaran diferencias entre el precio publicado y el efectivamente cobrado, además de informar posibles demoras o inconsistencias en la actualización de los valores.

Según la organización que promovió el amparo, la eliminación de ese sistema reducía la capacidad de control tanto del Estado como de los consumidores.

La postura del Gobierno y el análisis del juez

Durante el proceso, el Estado Nacional sostuvo que la información sobre los combustibles seguía disponible mediante otros sistemas oficiales y plataformas digitales, por lo que entendía que la derogación del régimen anterior no afectaba el derecho de acceso a la información.

Sin embargo, el juez Alejo Ramos Padilla consideró que el planteo planteaba una cuestión de interés colectivo, ya que cualquier modificación en el mecanismo de información puede repercutir sobre millones de consumidores que cargan combustible en todo el país.

La sentencia deberá definir de manera definitiva si la eliminación del sistema representó una reducción en las garantías de acceso a información pública vinculada a los precios de los combustibles.

También buscan avisar las subas con 72 horas de anticipación

Mientras avanza la causa judicial, en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires también se debate una iniciativa para reforzar la información previa sobre los aumentos.

El proyecto propone que las estaciones de servicio y las petroleras informen las actualizaciones de precios con al menos 72 horas de anticipación, con el objetivo de que los usuarios conozcan los cambios antes de que entren en vigencia.

Por ahora, esa propuesta continúa en tratamiento parlamentario y todavía no fue aprobada.

En los próximos días será clave seguir la evolución de la causa judicial, ya que la decisión puede tener impacto sobre la forma en que se comunican las futuras subas de combustibles y sobre los mecanismos de control disponibles para los consumidores.

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