El Gobierno flexibiliza la importación de maquinaria usada: desde cuándo rige y qué empresas podrán equiparse a menor costo
El Gobierno nacional reformó el Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas para agilizar el ingreso de equipamiento industrial extranjero y reactivar la actividad en las plantas locales. La medida, que modifica el Decreto 1174/2016, entra en vigencia de forma inmediata y afecta a todas las empresas que busquen actualizar sus procesos, ampliar su capacidad instalada o diversificar su producción mediante la incorporación de maquinaria usada con hasta 20 o 30 años de antigüedad.

Almacenes inteligentes y límites de antigüedad
La nueva normativa determina que los bienes importados deben formar parte de una línea de producción completa y autónoma. Como novedad, se autoriza el ingreso de equipos usados para el tratamiento o eliminación de sustancias contaminantes del aire, suelo o agua en plantas industriales o generadoras de energía. También se mantiene el aval para incorporar sistemas de almacenamiento automatizado conocidos como “almacenes inteligentes”.
Respecto a los límites temporales, las máquinas no podrán superar los 20 años de antigüedad, con una excepción: si el equipamiento fue reconstruido o actualizado para prolongar su vida útil, el tope se extiende hasta los 30 años. Para acelerar los procesos burocráticos, el decreto incorpora mecanismos de aprobación automática si los organismos del Estado no se expiden en los plazos fijados.
Obligación de compra local y duras multas por incumplimiento
El acceso a este beneficio arancelario mantiene una contraprestación obligatoria. Las empresas importadoras deberán adquirir bienes nuevos de origen nacional por un valor mínimo equivalente al 10% del valor FOB de la maquinaria usada que ingresen al país. Esta inversión puede volcarse a la misma línea de producción, a otras áreas de la firma o a proveedores directos del proyecto.
El texto oficial endurece los controles y las penalizaciones. El incumplimiento de la compra nacional, el retraso en la puesta en marcha de los proyectos o la falta de rendición de cuentas provocarán la ejecución total de las garantías. Además, se aplicará una sanción económica directa equivalente al 20% de los tributos no ingresados, sumando los intereses y cargos punitorios correspondientes. Las nuevas reglas también afectarán a los expedientes en trámite que tengan pendientes la liberación de garantías.
